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Código Procesal Penal Artículo 72 bis Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Penal Salta
Artículo 72 bis.

Equipos conjuntos de investigación e investigaciones conjuntas. En aquellos casos en los que el delito se hubiere cometido y/o tuviere consecuencias, a su vez, en otras jurisdicciones diferentes a la de Salta, el Fiscal a cargo de la investigación podrá instar a las autoridades correspondientes de aquellas otras jurisdicciones para conformar equipos conjuntos de investigación, en aras de facilitar las investigaciones o procedimientos penales, cuando se considere de especial utilidad una mayor coordinación.

Los procedimientos y condiciones que rijan el funcionamiento de los equipos conjuntos de investigación, así como sus fines específicos; composición; funciones; duración y eventuales períodos de prórroga; condiciones de confidencialidad; y demás condiciones de funcionamiento, serán los acordados entre las autoridades competentes de las jurisdicciones involucradas.

Las pruebas obtenidas por cualquiera de las partes integrantes del equipo referido, tendrán valor y podrán ser utilizadas por todas ellas para la resolución de la causa que motivó su conformación.

Provincia de Salta Artículo 72 bis Código Procesal Penal
Artículo 1 ...71 72 72 bis 73 74 ...622

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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